SADAF | Sociedad Argentina de Análisis Filosófico  | 
Wednesday, April  24th, 2024

Nicolás Lo Guercio

Información académica

  • Conicet:

    Becario Posdoctoral

  • Proyecto:

    Debates en epistemología social: el desacuerdo entre pares epistémicos

  • Descripción:

    Objetivos generales

     

    • Extender la investigación desarrollada en el doctorado a partir del examen de diferentes  problemas epistemológicos relacionados con la cuestión del desacuerdo entre pares  epistémicos.

     

     

    Objetivos específicos

     

     

    • Examinar la naturaleza de la evidencia de segundo orden como revocador de creencias de  primer orden.  En particular, analizar la naturaleza de la actitud doxástica de suspensión del juicio en segundo orden y su importancia en relación con la racionalidad y/o la justificación de las creencias de primer orden, su relación con la cuestión del desacuerdo entre pares epistémicos y los problemas que ocasiona.

     

    • Analizar la cuestión de la confianza intelectual en sí mismo y en otros y su relación con el problema del desacuerdo entre pares epistémicos.

     

     

    • Evaluar la plausibilidad de la posible interpretación en clave relativista respecto de la justificación epistémica que emerge de la postura defendida en mi tesis de doctorado respecto del desacuerdo entre pares epistémicos.

     

     

    Antecedentes

     

     

    Durante el doctorado me ocupé del problema del desacuerdo entre pares epistémicos. En  pocas palabras, este consiste en lo siguiente. Supongamos que formo una creencia fáctica cualesquiera p, basado en el cuerpo de evidencia E. Luego descubro que estoy en desacuerdo con un amigo, quien formó la creencia ¬p. Adicionalmente, creo justificadamente que mi amigo posee la misma evidencia que yo concerniente a p y es tan bueno como yo para apreciar su importancia. En otras palabras, creo justificadamente que mi amigo es un par epistémico. Desde un punto de vista epistémico la pregunta que emerge es ¿en qué medida debería el descubrimiento de este tipo de desacuerdo motivar una revisión doxástica de mi parte -y de parte de mi amigo-? Esto es, ¿el descubrimiento del desacuerdo con un par epistémico requiere, desde un punto de vista epistémico, que cambie de opinión? En mi tesis de doctorado defendí, contra la posición dominante en la bibliografía acerca de la cuestión, que la respuesta a esta pregunta no es uniforme. El descubrimiento del desacuerdo con un par epistémico requiere en ciertas ocasiones una revisión doxástica, mientras que permite en otras la retención racional de la opinión inicial. En pocas palabras, cuando el desacuerdo presupone una diferencia fundamental entre perspectivas epistémicas cada discordante puede retener racionalmente su creencia inicial, mientras que si el desacuerdo ocurre entre sujetos con perspectivas epistémicas semejantes ambos deberían, desde el punto de vista epistémico, revisar sus creencias. Una perspectiva epistémica consiste en un conjunto de “políticas epistémicas” básicas que incluye al menos (i) una posición respecto de la naturaleza de la evidencia -qué cosas cuentan como evidencia y qué cosas no-, (ii) un criterio para apreciar la importancia de la evidencia -una regla que estipula el peso relativo de los distintos tipos de evidencia- y (iii) un conjunto de metas epistémicas consideradas valiosas, según un orden de preferencias.

     

    Ahora bien, la cuestión del desacuerdo entre pares epistémicos está inter-conectada con diversos problemas de gran interés para la epistemología contemporánea. En los dos años de beca posdoctoral buscaré examinar la relación entre la posición desarrollada durante el doctorado y varios de estos problemas. La primera de estas cuestiones concierne a la naturaleza de la evidencia de segundo orden en tanto revocador y los problemas que emergen de considerar la dinámica de la suspensión del juicio en segundo orden. En segundo lugar, me ocuparé del problema de la confianza intelectual en uno mismo y su relación con la cuestión del desacuerdo entre pares y, por último, examinaré la plausibilidad de una posición relativista acerca de la justificación epistémica, posición que es posible (aunque no obligatorio) derivar de las tesis defendidas durante el doctorado en relación con el desacuerdo entre pares epistémicos. A continuación presentaré someramente los tres problemas.

     

    El debate acerca del desacuerdo entre pares epistémicos ha puesto de relieve diversos  problemas hasta el momento marginales en la epistemología contemporánea. Uno de ellos resulta de considerar la motivación estándar provista en favor de una postura conciliacionista (viz. la posición que mantiene que el descubrimiento del desacuerdo con un par epistémico requiere una revisión de la opinión inicial). Brevemente, el argumento para adoptar una posición conciliacionista es el siguiente: al descubrir el desacuerdo con un par epistémico, esto es, un individuo a quien atribuyo la misma probabilidad que yo de haber formado una actitud doxástica racional respecto de la cuestión en disputa, obtengo evidencia de que cometí un error al apreciar la importancia de mi evidencia inicial. Este tipo de evidencia concerniente a la existencia o la importancia de la evidencia en favor de una proposición es denominada evidencia de segundo orden. A su vez, en tanto proporciona evidencia de un error de mi parte, la evidencia de segundo orden socava la justificación que poseía inicialmente para mi actitud doxástica, razón por la cual se dice que proporciona un revocador para la misma. En otras palabras, al descubrir el desacuerdo con un par epistémico obtengo evidencia de segundo orden que revoca la racionalidad de mi actitud doxástica inicial. En consecuencia, debo conciliar.

     

    Este argumento puso de manifiesto la importancia de contar con una teoría adecuada respecto de la relación entre las actitudes doxásticas y evidencia de segundo orden y las actitudes doxásticas y evidencia de primer orden. El argumento conciliacionista mantiene que la evidencia provista por el desacuerdo me justifica a creer que no estoy justificado a creer lo que creía inicialmente, y por eso debo modificar mi opinión. Esto presupone la verdad del siguiente principio:

     

    Si estoy justificado en creer que no estoy justificado en creer que p, entonces no estoy justificado en creer que p.

     

    Más allá del debate respecto de si el desacuerdo con un par epistémico en efecto me justifica en creer que no estoy justificado en creer que p, parece haber consenso en la literatura respecto de la verdad del principio antes enunciado. Negarlo significaría que es posible afirmar racionalmente algo como “p, pero creo que no estoy justificado en creer que p”, lo cual parece en principio incorrecto. Sin embargo, estas consideraciones invitan a preguntar qué ocurre con este otro principio:

     

    Si estoy justificado en suspender el juicio acerca de p, entonces no estoy justificado en creer que p.

     

    Mientras que el primero de los principios resulta prima facie plausible e intuitivo, no es tan claro qué deberíamos decir acerca del segundo. De hecho, esta es una cuestión debatida: algunos filósofos mantienen creer que p mientras suspendo el juicio acerca de si estoy justificado en creer que p es irracional (Feldman 2009, Huemer 2011), mientras que otros afirman que puedo estar justificado en suspender el juicio sobre si estoy justificado en creer que p y aun así creer justificadamente que p (Hazlett 2012). Por otra parte, las preguntas epistémicas sobre el segundo principio despiertan dudas acerca de la naturaleza misma de la suspensión del juicio, en particular, sobre si esta debe ser considerada como la ausencia de toda actitud hacia una proposición o más bien como un tipo de actitud doxástica sui generis, consistente en la adopción de una posición activamente neutral sobre una cuestión. Por último, la cuestión plantea un acertijo de difícil solución para una teoría acerca de la conexión entre niveles de creencia y justificación, a saber, ¿qué decir acerca de los casos en que estoy justificado en suspender el juicio acerca de si estoy justificado en suspender el juicio sobre p?

     

    La segunda de las temáticas relacionadas con la cuestión del desacuerdo entre pares  epistémicos tiene que ver con el problema de la confianza intelectual en uno mismo. En efecto,  parece que la reacción apropiada frente al descubrimiento del desacuerdo con un par epistémico  está relacionada con cuánta confianza estoy justificado en tener en mis propias capacidades  intelectuales, métodos, etc., así como con cuánta confianza estoy justificado en asignar a las  capacidades intelectuales, métodos, etc., de otros sujetos. Por un lado, parece que tengo un modo  de acceso a mis propios procesos cognitivos que me justifica en asignar mayor confianza a ellos que a los procesos cognitivos de otros sujetos. A la vez, conductas epistémicas consideradas comúnmente legítimas como la deferencia a expertos son difíciles de explicar sin conceder que estoy justificado en creer que los demás sujetos poseen habilidades cognitivas semejantes a las mías y, en consecuencia, que debería confiar, al menos en ciertas circunstancias, en el resultado  de sus procesos cognitivos. La cuestión tiene un impacto directo sobre el problema del desacuerdo entre pares epistémicos: si estoy justificado en confiar en mayor medida en mis propios procesos cognitivos que en los de mi par porque son míos, parece que estoy justificado prima facie en desestimar la opinión de mi par en caso de desacuerdo; si, en cambio, no tengo motivos para confiar en mayor medida en mis propios procesos cognitivos, entonces parece que la reacción conciliadora es la correcta. Así, el problema del desacuerdo entre pares epistémicos puede verse como un punto de partida para examinar una cuestión más amplia, a saber, la cuestión de la humildad o modestia epistémica.

     

     

    Por último, examinaré la plausibilidad de una posición relativista acerca de la justificación  epistémica. Esta posición está sugerida por la teoría desarrollada a lo largo de mi tesis de  doctorado, aunque no está implicada por esta. La posición que defendí en dicho trabajo mantiene  que todos los agentes epistémicos poseen una perspectiva epistémica, entendida en el sentido antes mencionado. Estas perspectivas son fundamentales en un doble sentido: por un lado, en el sentido estipulado por Lewis (1971), según el cual no pueden ser evaluadas epistémicamente más que a partir de sí mismas; por el otro, son empíricamente inmunes en el sentido de Field (2000), esto es, el sujeto no es capaz de reconocer evidencia empírica en contra de la confiabilidad de su perspectiva epistémica. En virtud de esta idea, argumenté que cuando desacuerdo con un par epistémico acerca de una cuestión p y el desacuerdo presupone una diferencia de perspectivas fundamentales, estoy justificado a creer que mi perspectiva es más racional que la de mi par (mi par está justificado a creer lo mismo respecto de su perspectiva). Una manera de interpretar esta posición es como un tipo de relativismo acerca de atribuciones de justificación, en el sentido formulado por MacFarlane (2014) para otros ámbitos de discurso como los predicados evaluativos blandos o los enunciados de modalidad epistémica, entre otros. De acuerdo con la posición antes resumida parece que puede ocurrir, al menos cuando están en juego perspectivas epistémicas fundamentales, que mi par afirme “Estoy justificado en creer que p” y yo rechace esta afirmación manteniendo “No estás justificado en creer que p”, y cada uno esté afirmando algo verdadero (relativamente con su propia perspectiva epistémica). De acuerdo con una interpretación relativista de la situación, la verdad de las afirmaciones que atribuyen justificación epistémica es sensible al contexto de apreciación y no al contexto de emisión. Si esto es correcto, la verdad de “Estoy justificado en creer que p” es relativa en un sentido radical. Este tipo de posición despierta muchísimas dudas de todo tipo, desde sospechas acerca de su coherencia interna hasta preocupaciones concernientes a la posibilidad de salvar algún tipo de objetividad para el conocimiento, pasando por la amenaza siempre latente del escepticismo. De este modo, vale la pena investigar estas cuestiones para determinar si es necesario o bien descartar o bien adoptar una interpretación relativista de la teoría defendida en la tesis de doctorado.

 

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